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Nueva Ley Orgánica de la Cámara de Cuentas Aprobada por el Senado

El Senado de la República ha aprobado en única lectura el Proyecto de Ley Orgánica de la Cámara de Cuentas, propuesta por el senador Félix Bautista, con las observaciones del Poder Ejecutivo. Esta nueva legislación reemplaza completamente la Ley 10-04 del 20 de enero de 2004.

La aprobación, respaldada por la mayoría de los senadores presentes, se basa en el artículo 248 de la Constitución dominicana, que designa a la Cámara de Cuentas como el órgano superior de control fiscal externo de los recursos públicos, los procesos administrativos y el patrimonio del Estado.

El senador Bautista subrayó que la nueva ley define claramente las atribuciones y competencias de la Cámara de Cuentas, mejorando la coordinación interinstitucional y la rendición de cuentas de los administradores de recursos públicos. Además, promueve una gestión ética, eficiente y eficaz de los administradores del estado.

«Una de las innovaciones de esta ley es que el bufete directivo será seleccionado por el Senado por un periodo de cuatro años. Anteriormente, el periodo era de dos años, lo que generaba conflictos internos por la presidencia de la institución», destacó el representante de la provincia San Juan.

El artículo 250 de la Constitución establece que las atribuciones de la Cámara de Cuentas incluyen examinar las cuentas generales y particulares de la República, presentar informes al Congreso Nacional sobre la fiscalización del patrimonio del Estado, auditar y analizar la ejecución del Presupuesto General del Estado aprobado anualmente por el Congreso Nacional, basándose en el estado de recaudación e inversión de las rentas presentado por el Poder Ejecutivo, conforme a la Constitución y las leyes. El informe correspondiente debe ser sometido al Congreso a más tardar el 30 de abril del año siguiente.

Además, la nueva ley permite a la Cámara de Cuentas emitir normas obligatorias para la coordinación interinstitucional de los órganos y organismos responsables del control y auditoría de los recursos públicos, así como realizar investigaciones especiales a petición de una o ambas cámaras legislativas.

Finalmente, la ley establece el Sistema de Carrera Especial para los integrantes de la Cámara de Cuentas, garantizando un mecanismo transparente de ingreso, estabilidad, permanencia, promoción y retiro del personal.

Con esta aprobación, se espera una gestión más transparente y eficiente de los recursos públicos en la República Dominicana, fortaleciendo el control y la auditoría del patrimonio estatal.

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